Programa de Integridad Guardapolvos Argentinos S.R.L.

Guardapolvos Argentinos S.R.L. (“Guardapolvos Argentinos”) conduce sus negocios en forma ética y transparente desde hace más de 50 años. Con el propósito de mantener ese estándar de conducta y para poner por escrito las normas y reglas que rigen nuestro desempeño en el mercado, Guardapolvos Argentinos elaboró este Programa de Integridad (el “Programa”).

Es responsabilidad de todos y de cada uno de los empleados, gerentes, y proveedores de servicios de Guardapolvos Argentinos (en forma conjunta, los “Colaboradores”) leer, comprender y cumplir en forma adecuada las disposiciones de este Programa. Los gerentes de Guardapolvos Argentinos estimulan la difusión y comprensión de estos principios y alientan en forma inequívoca su cumplimiento.

Las pautas que establece el presente Programa prevalecen sobre toda orden proveniente de superiores jerárquicos y forma parte del conjunto de normas y regulaciones vigente en Guardapolvos Argentinos.


RESPETO POR LA LEY

Todas las acciones realizadas por los Colaboradores de Guardapolvos Argentinos deben respetar estrictamente las leyes vigentes. Si existe una duda acerca de la legitimidad de una acción, es necesario consultar con el Responsable Interno (como se define más abajo) o con los gerentes de Guardapolvos Argentinos antes de actuar.


LEALTAD COMERCIAL

Los Colaboradores deben obrar con lealtad hacia la empresa, los clientes, los terceros que se relacionan con Guardapolvos Argentinos y nuestros compañeros de trabajo. No existe ninguna razón o pretexto para falsear u omitir información necesaria para el desarrollo de las actividades comerciales de la empresa. Las decisiones que se adopten deben ser transparentes y la información tiene que ser completa y verídica.


PROHIBICIÓN DE SOBORNO. REGALOS Y OBSEQUIOS

El soborno consiste en dar o recibir sumas de dinero o cualquier otra cosa de valor como incentivo o recompensa por un acto indebido. La persona que recibe el soborno puede pertenecer a una empresa privada o a un organismo público. El soborno puede ocurrir cuando la oferta o pago es realizado indirectamente por o a través de un tercero, tal como un agente, socio comercial o pariente.

Corrupción es el abuso de autoridad o de cargos públicos para obtener un rédito privado.

El soborno y la corrupción pueden adoptar muchas formas, incluyendo obsequios y hospitalidades indebidas, viajes, patrocinios, donaciones con fines benéficos o políticos y pagos para facilitar o agilizar trámites.

El soborno y la corrupción están estrictamente prohibidos: en ninguna circunstancia un Colaborador podrá ofrecer dinero u objetos de valor a una persona para conseguir un favor o un beneficio o para que no cumpla con una determinada obligación. Están terminantemente prohibidos los sobornos en las relaciones comerciales con otras empresas o personas privadas y con el sector público, en cualquiera de sus reparticiones o dependencias.

La Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas expresamente prevé sanciones en caso de soborno y tráfico de influencias (nacional o transnacional); negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos; y balances e informes falsos agravados. Ningún Colaborador deberá participar en hecho alguno que pueda quedar comprendido en alguno de los delitos antes descriptos, expresamente alcanzados por la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

Cualquier Colaborador que advierta la existencia o la eventual realización de un acto que pueda tener la potencialidad de afectar la responsabilidad de Guardapolvos Argentinos en los términos antes descriptos, deberá reportarlo en forma inmediata al Responsable Interno. Guardapolvos Argentinos aplicará un principio de tolerancia cero para cualquier acto u omisión que pueda representar un soborno o un hecho de corrupción en la vinculación de la empresa con el sector público.

Los regalos y obsequios que se realizan y reciben en el marco del desempeño de las labores en Guardapolvos Argentinos en ningún caso puede superar el valor máximo establecido en el Decreto 1179/16 (y sus futuras modificaciones) que reglamenta la Ley de Ética Pública. Conforme lo dispuesto en el Decreto 1179/16 los obsequios que se entregan por cortesía a los funcionarios públicos, en ningún caso pueden superar el valor equivalente a $6.400 (Pesos seis mil cuatrocientos). No pueden entregarse obsequios a funcionarios públicos que integren organismos encargados de regular y/o fiscalizar las actividades de Guardapolvos Argentinos, o a funcionarios públicos que se desempeñan en organismos ante los cuales Guardapolvos Argentinos se presentó para participar de una licitación o concurso de precios.

La decisión de realizar o de recibir obsequios o donaciones no debe tener por finalidad influir o tener la apariencia de influir sobre el resultado de una decisión comercial, o intentar modificar o facilitar un acto por parte de un funcionario público.

Se prohíbe la aceptación o entrega de dinero en efectivo o regalos que sean convertibles con facilidad en efectivo.

Cualquier Colaborador que tenga una duda legítima acerca de si puede o no hacer o recibir un obsequio, debe consultar antes con los gerentes de Guardapolvos Argentinos.


RELACIONES CON EL SECTOR PÚBLICO

Los Colaboradores de Guardapolvos Argentinos deben cumplir estrictamente con las leyes, evitando cualquier conducta que pueda perjudicar la reputación de Guardapolvos Argentinos ante la comunidad, los clientes, el Estado, organismos públicos, y empresas que participan de la industria; o producir consecuencias adversas para sus negocios o para su imagen comercial.

Los Colaboradores deberán actuar con honradez e integridad en todos los contactos que mantengan, o transacciones que realicen con las autoridades, funcionarios y empleados del sector público, asegurando que toda la información que presenten y las declaraciones que suministren sean veraces, claras y completas.

En el marco de concursos, procesos licitatorios, ejecución de contratos administrativos o en cualquier otra vinculación con el sector público, los Colaboradores se abstendrán de incurrir en las siguientes prácticas: (i) realizar acuerdos con los competidores con relación al precio, las ofertas y/o cualquier otro asunto relativo a la competencia; (ii) intercambiar información con los competidores; y (iii) participar en sobornos y/o entrega de regalos a funcionarios públicos para obtener o retener negocios para Guardapolvos Argentinos o para dirigir un negocio a cualquier otra persona.

Cuando Guardapolvos Argentinos realice actividades comerciales con el sector público, las llevará adelante de acuerdo a estrictas normas éticas, asumiendo una obligación especial de defender y preservar la confianza del sector público y los contribuyentes.


DENUNCIAS SOBRE FALTAS AL PROGRAMA DE INTEGRIDAD

La responsabilidad de los Colaboradores no se limita al cumplimiento del presente Programa, sino que también incluye el deber de denunciar cualquier violación que se produzca al Programa, a la ley y a los valores éticos, de la cual puedan tener conocimiento.

El denunciante podrá analizar el problema con su superior inmediato. Si la cuestión permanece sin resolver, podrá ponerse en contacto con los gerentes o acudir directamente al Responsable Interno (como se lo define más abajo).

Cuando se reciba una denuncia, se procederá a informar en forma inmediata al Responsable Interno. Igual procedimiento se seguirá respecto de las denuncias que pueda realizar cualquier tercero.

Guardapolvos Argentinos tiene a disposición de los Colaboradores una línea telefónica para recibir denuncias de buena fe. Las denuncias pueden ser realizadas libremente, incluso en forma anónima, por cualquier Colaborador o tercero, al siguiente número telefónico: 011 4362-1300. Las denuncias también pueden ser dirigidas a la siguiente dirección de correo electrónico: guardapolvos@gmail.com].

No se tomará una decisión definitiva sobre la investigación, ni se adoptará una medida disciplinaria, hasta que la parte acusada haya sido adecuadamente escuchada. Guardapolvos Argentinos cree en la integridad de cada uno de sus Colaboradores hasta que no quede demostrado que medió una violación a este Programa.

Guardapolvos Argentinos garantiza que no se aplicará ninguna represalia en el marco laboral o contractual, respecto de aquellos que realicen denuncias de buena fe. Si se descubriera que algunas de estas faltas o su denuncia provocan actos de venganza o represalias directas o indirectas, se anularán los actos considerados injustos y se adoptarán medidas contra sus ejecutores.


USO DE LOS ELEMENTOS DE TRABAJO

Guardapolvos Argentinos brinda a sus Colaboradores todos los elementos necesarios para desempeñar las tareas que se les asignan (tantos elementos físicos como intangibles), entre los cuales pueden incluirse: teléfonos celulares, computadoras (portátiles o de escritorio), casillas de correo electrónico y claves de acceso (“Elementos de Trabajo”).

Los Elementos de Trabajo son propiedad de Guardapolvos Argentinos, así como también la información existente, generada o almacenada en los mismos. Los Elementos de Trabajo deben ser utilizados únicamente para fines laborales y relacionados con el correcto desarrollo de las funciones asignadas a los Colaboradores, quedando estrictamente vedado su uso para fines personales o contrarios a la ley.

Guardapolvos Argentinos está autorizado para verificar el cumplimiento del Programa, mediante el acceso y/o auditoría de todos los Elementos de Trabajo, sin que estos procedimientos puedan ser considerados como una violación a la privacidad o cualquier otro derecho, ya que los Elementos de Trabajo le pertenecen exclusivamente a Guardapolvos Argentinos, y el control descripto deriva de las facultades de organización y dirección establecidos en los Art. 64 y 65 de la Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo).


RESPONSABLE INTERNO

Guardapolvos Argentinos designa a Claudio Gabriel Arditi como Responsable Interno para el análisis y tratamiento de los distintos aspectos a los que se refiere este Programa y los temas relativos a eventuales desvíos que pudieran detectarse en el cumplimiento de los estándares éticos de Guardapolvos Argentinos.


CONCLUSIÓN

Guardapolvos Argentinos confía que todos sus Colaboradores se familiarizarán con este Programa y darán estricto cumplimiento a sus principios y normas. Para aclarar cuestiones no cubiertas por este Programa, se recomienda solicitar el asesoramiento y consejo del Responsable Interno.

Este Programa se basa en diferentes leyes, regulaciones y prácticas generales de buena conducta. Los Colaboradores deben saber que las violaciones al mismo pueden derivar en la aplicación de sanciones disciplinarias, entre las que se incluye el despido o la terminación del vínculo contractual, sin perjuicio de sanciones civiles o penales que pudieran aplicarse.

Nuestros clientes y la comunidad dependen de los Colaboradores y de su responsabilidad por actuar éticamente. Utilizando este Programa como guía, podrán cubrirse esas expectativas y conservar el reconocimiento que Guardapolvos Argentinos supo ganarse con una trayectoria de más de 50 años en el mercado.



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